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Friday, August 13, 2021

URUGUAY Julio María Sanguinetti Caminar de espaldas., derogar la LUC es, citando a Paul Valery, entrar a un nuevo tiempo caminando de espaldas.

 

Caminar de espaldas.
Como hemos señalado en artículos anteriores, derogar la LUC es, citando a Paul Valery, entrar a un nuevo tiempo caminando de espaldas.
En seguridad, derogar la LUC es desandar lo que avanzó Larrañaga y volver a los tiempos de Bonomi, con jolgorio narcotraficante y largas explicaciones sobre ajustes de cuentas, mientras aumentaban las rapiñas. En educación, la propuesta empieza por eliminar las Direcciones Generales y retornar a los Consejos de las diversas ramas, con el predominio gremial, abusivo y paralizante, que en el caso de Fenapes en Secundaria ha quedado en absoluta evidencia.
Hay otros aspectos, también muy relevantes, como la llamada regla fiscal. Es un mecanismo para que el gobierno cada año establezca una meta indicativa de resultado fiscal, tanto para la Administración Central como para los Entes, con un Comité de Expertos que fija los criterios para evaluarlo. Cada año, en la Rendición de Cuentas, habrá que dar cuentas de cómo se dio cumplimiento a las normas. La pregunta es: ¿qué tiene de malo? El Frente Amplio dice que puede ser inefectivo. Naturalmente, no resuelve la enfermedad, pero la pone en evidencia. Es el termómetro: no cura pero mide la fiebre y, por tanto, permite el contralor de la opinión pública. Se hace por vez primera. Derogarlo, ¿no es acaso otro retroceso?
La libertad financiera era un reclamo que oímos a lo ancho y largo del país. Especialmente, pequeños comerciantes y de trabajadores zafrales obligados a la bancarización preceptiva de sus haberes de cobro, vivían enormes dificultades prácticas. Los artículos 215° y siguientes dan la opción a los empleados y a los profesionales para cobrar en efectivo. Quien quiera seguir con cobros electrónicos o pago por cheques, no tiene problemas, pero se gana una libertad. ¿Es malo poder elegir el medio con que se cobra el sueldo ?
Tenemos luego la discutida norma sobre los piquetes, que calca el Decreto 76/017 de marzo de 2017 del gobierno del Dr. Vázquez, cuando -aparentemente- estaba bien defender la libre circulación de calles y carreteras, mientras que ahora es ahogar las libertades públicas... El decreto del Frente Amplio autoriza "la adopción de las medidas pertinentes a los efectos de preservar el uso público de las calles, caminos o carreteras cuyo tránsito se pretenda obstaculizar o interrumpir por personas, vehículos u objetos de cualquier naturaleza, estableciendo la comunicación a la Justicia en forma inmediata a la actuación". La única diferencia con lo anterior es que ahora se trata de la jerarquía de una ley. El objetivo es el mismo de siempre: restablecer el justo y legítimo equilibrio, garantizando la coexistencia de dos libertades: una, la de manifestarse públicamente, y otra, la de circular en los espacios públicos. Son simples normas de convivencia en una democracia.
También hay una norma de restablecimiento de derechos, muy importante, en el art. 392° que garantiza el "ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a integrar a las instalaciones libremente". A los gritos se habla del cercenamiento del derecho de huelga, cuando lo que se rescata es el incuestionable derecho del trabajador que desee trabajar a poder hacerlo. ¿Con qué argumento se le niega? ¿Con qué razón se impide también que la dirección de la empresa pueda acceder a ella y mantener actividades imprescindibles, vitales en ocasiones para su sobrevivencia?
En materia de alquileres se añade un derecho. No se toca la actual legislación, que permanece vigente en todos sus términos, no obstante el caudal de falsedades que ha lanzado el Frente Amplio en su campaña de recolección de firmas. Han tergiversado descaradamente la realidad afirmando que se cambiaban todos los plazos, cuando nada se modifica de los derechos existentes. Lo que se hace en los artículos 426° y siguientes es crear un nuevo régimen especial de arrendamientos para que la gente que quiere alquilar pero no tiene garantía, pueda hacerlo. Como es notorio, los propietarios, difícilmente aceptan un arrendatario sin esa garantía. Ahora se les induce a aceptar esa posibilidad en la medida que tienen un régimen especial de desalojo abreviado en caso de incumplimiento o vencimiento del contrato. Resulta ser un beneficio para un arrendatario que de otro modo no accedería a una vivienda. El propietario es verdad que tiene facilidades para el desalojo por incumplimiento, pero como no tiene garante, tampoco tiene a quien eventualmente reclamarle por eventuales daños a su propiedad.
Se establece el "derecho a la portabilidad numérica", o sea que el usuario de telefonía móvil puede preservar el número, sea cual fuere la empresa que le presta el servicio. Es un hecho que cambiar de prestador es complejo y en algunas actividades profesionales, casi imposible por la pérdida de los contactos. Se trata entonces de ampliar la libertad del usuario. ¿Qué tiene de malo? Se dice que perjudica a Antel, porque es el que tiene mayor cantidad de usuarios, pero dando un buen servicio, como da, no tendrá problemas. En cambio, el ciudadano gana en libertad.
En otros artículos seguiremos comentando otros aspectos de la ley, cuya derogación hoy también sería un retroceso muy grave. Ese es el gran tema: estamos ante una ley que reconoce derechos, que responde a necesidades públicas, que refleja las ideas del gobierno que fue electo por el pueblo para cumplir un programa que se refleja en estas normas. El referéndum es un intento de poner un palo en la rueda para que descarrile un tren que marcha sobre los mismos carriles que propuso y votó la ciudadanía. No hay un real ejercicio democrático sino la búsqueda de una revancha política. Y eso es malo. Muy malo.
Correo de los viernes
Mauricio Viera Dutruel y 52 personas más
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